Hace un rato, por enésima vez, me he encontrado en Twitter la discusión sobre si la orientación sexual va por sexos o por géneros. Los defensores de la postura "por sexos" argumentan que lo de "sexual" indica que tiene que ver con el sexo, es decir: con los genitales. Los defensores de la postura "por géneros" argumentan que tiene que ver con el sexo, es decir: con el acto sexual.
¿Quién tiene razón? Bueno, si nos ceñimos a lo que dicen los Principios de Yogyakarta, los mismos a los que me referí hace poco para hablar del concepto de género, nos encontramos con lo siguiente:
La ‘orientación sexual’ se refiere a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género, así como a la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas.
Vuelvo a recordar que los Principios de Yogyakarta se redactaron por encargo de la Organización de las Naciones Unidas y que se han utilizado como referente en la redacción de diversas leyes LGTBI, como las aprobadas por distintos parlamentos autonómicos en España.
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